Funciones

ACTUACIÓN COMO ÓRGANOS CONSULTIVOS

  • Servir de órgano consultivo del Gobierno Nacional y en consecuencia estudiar los asuntos que este someta a su consideración y rendir los informes que le solicite sobre la industria, el comercio y demás ramas relacionadas con sus actividades.
  • Servir de órgano consultivo del Gobierno Nacional y en consecuencia estudiar los asuntos que este someta a su consideración y rendir los informes que le solicite sobre la industria, el comercio y demás ramas relacionadas con sus actividades.
ELABORACIÓN DE ESTUDIOS
  • Adelantar, elaborar y promover investigaciones y estudios jurídicos, financieros, estadísticos y socioeconómicos, sobre temas de interés regional y general, que contribuyan al desarrollo de la comunidad y de la región donde operan.

REGISTROS PÚBLICOS

  • Llevar los registros Públicos encomendados a ellas por la ley certificar sobre los actos y documentos allí inscritos.

COSTUMBRE MERCANTIL

  • Recopilar y certificar las costumbres mercantiles locales mediante investigación realizada por cada Cámara de Comercio dentro de su propia jurisdicción. La investigación tendrá por objeto establecer las prácticas o reglas de conducta comercial observadas en forma pública uniforme y reiterada, siempre que no se opongan a normas legales vigentes.

ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN

  • Crear centros de arbitraje, conciliación y amigable composición por medio de los cuales se ofrezcan los servicios propios de los métodos  alternos de solución de conflictos.

FERIAS Y EXPOSICIONES

  • Adelantar acciones y programas dirigidos a dotar a la región de las instalaciones necesarias para la organización y realización de ferias, exposiciones, eventos artísticos, culturales, científicos y académicos, entre otros, que sean de interés para la comunidad empresarial de la jurisdicción de la respectiva Cámara de Comercio.

 ESTATUTOS

  • Dictar sus estatutos, los cuales deberán ser aprobados por su Junta Directiva. No obstante y de manera previa a su aplicación, la Junta Directiva deberá ponerlos en conocimiento de la Superintendencia de Industria y comercio, quien verificará el cumplimiento de las disposiciones legales en materia de registros públicos, representación legal, afiliados y revisoría fiscal especialmente, para lo cual ordenará las adecuaciones del caso.

CAPACITACIÓN

  • Promover la capacitación en las áreas comercial e industrial y otras de interés regional, a través de cursos especializados, seminarios, conferencias y publicaciones.

DESARROLLO REGIONAL

  • Promover el desarrollo regional y participar en programas nacionales de esta índole.

INFORMACIÓN COMERCIAL

  • Prestar servicios de información comercial originada  en los registros Públicos nacionales en forma gratuita.
  • Cuando la información comercial requiera para su suministro al solicitante de procesos adicionales que impliquen un valor agregado para ésta, las Cámaras de Comercio podrán cobrar única y exclusivamente dicho valor, cuya estimación será efectuada conforme a los costos y precios del mercado; esta actividad será verificada periódicamente por la Superintendencia de industria y comercio.

VEEDURÍA

  • Desempeñar funciones de veeduría cívica en los casos señalados por el Gobierno Nacional

VINCULACIÓN A DIFERENTES ACTIVIDADES

  •  Promover programas, actividades y obras a favor de los sectores productivos de las regiones en que les corresponde actuar, así como la promoción de la cultura, la educación, la recreación y el turismo. De igual forma las Cámaras de Comercio podrán participar en actividades que tiendan al fortalecimiento del sector empresarial, siempre y cuando se pueda demostrar que el proyecto representa un avance tecnológico o suple necesidades o implica el desarrollo para la región. En cualquier caso, tales actividades deberán estar en conformidad con la naturaleza de las Cámaras de Comercio o de sus funciones autorizadas por la ley.
  • Para tales fines podrán promover y participar en la constitución de entidades privadas o mixtas, con o sin ánimo de lucro, que cumplan con estos objetivos.
  • La participación de las Cámaras de Comercio en cualquiera de estas actividades, deberá ser en igualdad de condiciones frente a los demás competidores incluso en cuanto al manejo de la información.

SERVICIOS PARA LOS AFILIADOS

  • Mantener disponibles servicios especiales y útiles para sus afiliados.

MANUALES DE PROCEDIMIENTOS

  • Adoptar manuales de procedimiento interno para el desempeño de las funciones registrales.

PRESTACIÓN TECNOLÓGICA DE SERVICIOS

  • Contar con la infraestructura tecnológica necesaria para el cumplimiento y debido desarrollo de sus funciones registrales y la prestación eficiente de sus servicios.

PUBLICACIÓN DE LA NOTICIA MERCANTIL

  • Publicar la Noticia Mercantil de que trata el artículo 86 numeral 4 del Código del comercio, que  podrán hacerse en los boletines u órganos de publicidad de las Cámaras, a través del Internet o por cualquier medio electrónico que lo permita.

APORTES Y CONTRIBUCIONES A PROGRAMAS

  • Realizar aportes y contribuciones a toda clase de programas y proyectos de desarrollo económico, social y cultural en que la Nación o los entes territoriales así como las entidades descentralizadas y entidades sin ánimo de lucro tengan interés o hayan comprometido sus recursos.

 PARTICIPACIÓN EN PROGRAMAS NACIONALES E INTERNACIONALES

  • Participar en programas regionales, nacionales e internacionales cuyo fin sea el desarrollo económico, cultural o social en Colombia

CONSECUCIÓN DE RECURSOS DE COOPERACIÓN

  • Gestionar la consecución de recursos de cooperación internacional para el desarrollo de sus actividades.

ENTIDADES DE CERTIFICACIÓN

  • Prestar los servicios de entidades de certificación prevista en la ley 527 de 1999, de manera directa o mediante la asociación con otras personas naturales o jurídicas.
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